El registro retributivo obligatorio en las empresas

El registro retributivo obligatorio en las empresas

«La obligación de igual retribución por trabajo de igual valor vincula a todas las empresas independientemente del número de personas trabajadoras, entendiéndose como tal, aquel que realiza las mismas funciones, con los mismos factores y condiciones laborales y exige los mismos requisitos profesionales o de formación para su realización.

Junto con dicho principio, y a fin de garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en materia retributiva entre mujeres y hombres, las empresas deben integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva, que se aplicará, al menos, a través de los registros retributivos, la auditoria retributiva, el sistema de valoración de puestos de trabajo y el derecho de información de las personas trabajadoras».

Así comienza la tribuna que nuestra compañera Begoña Sanz, Asociada Senior del Área Laboral, publica en Cinco Días, en la que analiza la obligación de que a partir del 14 de abril todas las empresas cuenten con un registro retributivo de toda su plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos.

El registro retributivo

Como apunta Sanz, «el registro retributivo es un documento que deberá incluir los valores medios de los salarios (media aritmética y la mediana de lo realmente percibido), los complementos salariales y percepciones extrasalariales de toda la plantilla desagregados por sexo, en función de su naturaleza, grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo, o cualquier otro sistema de clasificación aplicable en la empresa».

«Cuando la empresa tenga al menos 50 personas trabajadoras y exista una diferencia de un 25 % o más entre los salarios de hombres y mujeres, debe incluirse en el registro salarial una justificación de que esa diferencia no está relacionada con el sexo de la plantilla», continúa.

Si desea consultar la tribuna de forma íntegra, visite el siguiente enlace: ‘¿Cuenta ya tu empresa con el registro retributivo obligatorio?

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