Morir sin testamento: ¿Cómo se hereda?

Morir sin testamento: ¿Cómo se hereda?

Hoy en día, todavía es frecuente, por unas razones u otras, que una persona no otorgue testamento donde se establezca a quiénes designa como sus herederos y la cuota de la herencia que le correspondería a cada uno. Pues bien, cuando una persona fallece sin disposición de última voluntad, el trámite para la determinación de quiénes son sus herederos es más complejo y costoso para los que, por ley, le deben suceder.

Proceso para determinar quiénes son los herederos

En primer lugar, lo que tenemos que tener claro ante el fallecimiento de un familiar es constatar fehacientemente que, efectivamente, el mismo no otorgó ningún testamento.

Para ello, necesitamos solicitar el certificado de últimas voluntades del finado, siendo que es en dicho documento donde se determina si el causante había otorgado o no testamento. Este certificado se podrá solicitar transcurridos 15 días desde la defunción.

Una vez que tengamos claro que, efectivamente, el fallecido no otorgó ningún tipo de testamento, aquellas personas que entiendan que le deben suceder, deberán iniciar los trámites para la declaración de herederos abintestato.

La declaración de herederos abintestato se tramita por Acta de notoriedad autorizada por el Notario competente para dicho trámite.

Según la legislación actual, el Notario competente para tramitar la declaración de herederos abintestato será el que tenga competencia para actuar en alguno de los siguientes lugares, siendo que es el solicitante de la declaración de herederos, el que elija el mismo:

  • En el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual.
  • En el lugar donde estuviere la mayor parte del patrimonio del finado.
  • En el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuviera en España.

Indicar que, igualmente, se podría elegir a un Notario de un distrito colindante a los anteriores y que, en defecto de todos los anteriormente indicados, será competente el Notario del lugar del domicilio del solicitante de la declaración de herederos.

La persona que entienda que tiene derecho a suceder, deberá entregar al Notario, ante el que se vaya a tramitar la declaración de herederos, documentación acreditativa del parentesco con el fallecido, de dicho fallecimiento y de que el mismo sucedió sin que el finado hubiera otorgado testamento.

Por otro lado, a la comparecencia para llevar a cabo el acta de notoriedad, deberán acudir dos testigos que aseveren el fallecimiento del causante sin testamento y que la persona o personas interesadas son los únicos herederos.

En el caso de que hubiera varios interesados y no se personasen todos ellos en el acto en el que se solicita la declaración de herederos, se notificará a los ausentes la tramitación del acta de notoriedad, a fin de que, en el plazo de un mes, puedan realizar alegaciones si lo entiende conveniente o aporta documentación.

Si se desconociera el domicilio o identidad de alguno de los interesados, el Notario dará publicidad de la tramitación del acta mediante anuncio en el BOE y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos correspondientes al último domicilio del causante, del lugar de fallecimiento o del lugar donde radique la mayor parte de sus bienes inmuebles.

Finalizadas, en su caso, las anteriores diligencias y una vez transcurridos 20 días hábiles, desde el requerimiento inicial de solicitud de declaración de herederos o desde la terminación del plazo del mes otorgado para realizar alegaciones en el caso de ausencia de interesados, el Notario declarará qué parientes del causante son los herederos, quedando todo ello reflejado en el Acta de notoriedad.

Una vez se tenga el Acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato, se podrá seguir los trámites pertinentes para la aceptación de la herencia, así como para la liquidación de los impuestos correspondientes.

 

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.205.44.25 o enviando un email a contacto@selierabogados.com

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