Recientemente, y pese a que debido al adelanto electoral la anunciada Ley de Familias no ha continuado su curso, el Gobierno ha aprobado una serie de permisos laborales que, inicialmente, se contemplaban en el citado proyecto legislativo.
Para Ricardo Fortún, Socio del área Laboral, estos nuevos permisos para los trabajadores, regulados ahora a través del Real Decreto Ley 5/2023, «resultan más que interesantes, sin perjuicio de que se hayan podido quedar algo cortos respecto de lo que muchos querrían».
Como asegura Fortún en esta tribuna que publica Expansión Jurídico, «una de las cuestiones más interesantes de esta reforma, y que más ha pasado desapercibida, es la modificación del permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario de un familiar«.
«El permiso -continúa- se ha incrementado hasta un total de 5 días, cuando anteriormente eran 2 ó 4 días dependiendo si había o no desplazamiento del empleado. Pero lo más sorprendente no es ni ese incremento de días ni la equiparación entre quienes se encuentran casados o son pareja de hecho, sino que se amplía a aquellas personas con las que se convive sin importar la relación que pueda existir».
Pese a éste y otros avances, nuestro compañero considera que «algo que se ha echado mucho en falta y que sorprende su omisión, pese a ser un clamor popular, es el permiso para poder llevar a los hijos a consulta médica».
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