«La importancia de la digitalización y el desarrollo tecnológico, las exigencias de adaptación a la nueva normativa de trabajo a distancia y la atenuación de la tradicional voluntariedad en esta forma de prestación de servicios, al menos para determinados supuestos, obligan a las empresas a planificar y tener prevista una política en esta materia, su política, que contemple las peculiaridades de la empresa y de su proceso productivo. Como veremos, la nueva normativa nos presenta los instrumentos que tendremos que utilizar para implantar estas políticas». Con estas palabras comienza el nuevo artículo de opinión que nuestro compañero Pablo Jaquete, Socio del Área Laboral, publica en Diario La Ley de Wolters Kluwer.
En su opinión, «el desarrollo tecnológico y la digitalización de procesos y documentos, con las múltiples oportunidades y nuevas posibilidades que esto genera, también en el ámbito laboral, ya estaban presentes con anterioridad a la pandemia. Sin embargo, parece que no éramos conscientes de su verdadero alcance y las enormes posibilidades que se nos presentaban».
En su artículo, Jaquete también recuerda cómo «antes de esta terrible crisis sanitaria la reivindicación del teletrabajo figuraba en las mesas de negociación de muchas empresas, principalmente como medida de conciliación de las personas trabajadoras». […] Sin embargo, la experiencia del teletrabajo en tiempos de Covid ha hecho ver que no siempre el teletrabajo facilita la conciliación: dificultades de compatibilizar el trabajo con la familia y las tareas domésticas, jornadas interminables, pérdida de contacto con los compañeros, dificultad en la transmisión de los valores corporativos, etc.
«Tras esta experiencia son muchas las personas que han solicitado su vuelta al trabajo presencial. Por ello, frente a los modelos exclusivos de trabajo a distancia o presencial, parece que se está imponiendo el modelo híbrido. En cualquier caso, el alcance que queramos dar al trabajo a distancia será una de las primeras cuestiones a abordar en la política de la empresa», continúa.
El papel de la negociación colectiva
«Las dudas que aún se generan y las dificultades que la experiencia nos ha ido mostrando que pueden aparecer en la realidad del trabajo a distancia, pueden y deben superarse con una adecuada planificación en la empresa, que tendrá un mayor valor si se consigue el respaldo de todas las personas que la integran».
La nueva normativa otorga una especial importancia a la negociación colectiva, a la que remite la posibilidad de fijar, entre otras cuestiones:
- La identificación de los puestos de trabajo y funciones susceptibles de ser realizados a través del trabajo a distancia.
- Las condiciones de acceso y desarrollo de la actividad laboral mediante esta modalidad.
- La duración máxima del trabajo a distancia.
- Contenidos adicionales en el acuerdo de trabajo a distancia y cuantas otras cuestiones se consideren necesario regular.
- Jornada mínima presencial en el trabajo a distancia, etc.
Los contenidos del Acuerdo individual de trabajo a distancia o la planificación del trabajo a distancia como exigencia de la nueva normativa son otras de las cuestiones abordadas en este artículo.
- Puedes acceder al artículo completo en Diario La Ley.