Hace unos meses, la actualidad política interrumpió la tramitación parlamentaria de la Ley de Movilidad Sostenible debido a la disolución del Congreso y el Senado por la convocatoria electoral. El texto inicial había sido aprobado por el Gobierno el 13 de diciembre de 2022.
Sin embargo, con la formación del nuevo Gobierno, el 23 de febrero de 2024, se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible. Este proyecto busca situar al ciudadano en el centro de las políticas públicas, priorizando la satisfacción de las necesidades de movilidad cotidiana, tanto en las grandes ciudades, como en las pequeñas poblaciones. Se reconoce que todas las personas, independientemente de su contexto, deben tener acceso a un empleo, formación, cultura, ocio y otras actividades diarias. Dos de los cuatro pilares fundamentales de esta nueva Ley son la consideración de la movilidad como un derecho social y el compromiso de la Administración pública en invertir más y mejor en seguridad y mantenimiento de las infraestructuras, sin perder de vista los conceptos de sostenibilidad e inclusión, a los que se deberá sumar, el desarrollo de herramientas digitales que ayuden a la consecución de los objetivos establecidos por Europa, en el marco del plan de Recuperación.
En cuanto al análisis del texto normativo, la Ley aborda la necesidad de una mayor colaboración y comunicación entre los distintos entes públicos involucrados. Este punto es importante, dado que las competencias en materia de transporte están muy diseminadas, y en ocasiones no está claro a qué administración pública corresponde mejorar o mantener una infraestructura. Al hilo de dicha colaboración, hubiera resultado interesante que la Ley contuviera disposiciones destinadas a que la Administración pública diera ejemplo, incorporándose en los desplazamientos de los líderes políticos, medios de transporte públicos y multimodales que promuevan la sostenibilidad. A la par, se debería haber previsto la actualización de los vehículos destinados a dar servicio a la ciudadanía, mediante la incorporación de vehículos de combustible no fósil.
El proyecto de Ley enfatiza la necesidad de concienciar y sensibilizar a los ciudadanos sobre la movilidad. El artículo 21.4 del proyecto de ley establece que en la “Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año se detallarán las partidas específicas asociadas a las acciones de concienciación y sensibilización para promover una cultura de movilidad segura, saludable y sostenible”. Por otro lado, el artículo 22.2 dispone que “en el currículo de la enseñanza básica y del Bachillerato se incluirán conocimientos relacionados con la movilidad sostenible, la educación vial y la convivencia con los diferentes modos de transporte, fomentando la adquisición de la necesaria responsabilidad personal, social y medioambiental”.
Si bien dicha sensibilización social es importante, en España, tradicionalmente, se han realizado muchos esfuerzos por mejorar y hacer más eficiente la movilidad, siendo un ejemplo a nivel mundial en lo que respecta a la ingeniería ferroviaria, con la creación del Talgo, germen de la actual alta velocidad. Por lo que, con independencia del cumplimiento de los objetivos europeos, en nuestro país ya hay ciudades donde se han adoptado medidas que fomentan una movilidad sostenible mediante la creación de carriles bici seguros, sistemas de alquiler de bicicletas eléctricas y la peatonalización de áreas céntricas que, además, ayuda al pequeño comercio, por lo que la nueva Ley reforzaría una conciencia social ya existente.
Otro punto importante de esta ley se incluye en su artículo 27 disponiendo que, en el plazo de 24 meses desde su entrada en vigor, “las empresas deberán disponer de planes de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 500 personas trabajadoras o 250 por turno”, por lo que, en el caso de que dicha obligación no sufra modificaciones durante su tramitación parlamentaria, habrá que ver cómo se traduce esta nueva obligación en el tejido empresarial y en el desarrollo normativo que realicen las Comunidades Autónomas.
Se espera que la Ley sea aprobada el próximo mes de junio de 2024, por lo que será en el segundo semestre de este año, el momento en el que podremos evaluar con mayor precisión, el nivel de disrupción e impermeabilidad de esta Ley.