Varias son las situaciones que pueden llevar a una empresa a determinar la aplicación de un ERE o un ERTE, por lo que es muy importante conocer las principales diferencias y su procedimiento.
Ambos se implementan como instrumentos diferentes para dar respuesta a situaciones económicas, técnicas, organizativas o de producción que pueden sufrir las empresas. La diferencia principal entre un ERE y un ERTE, está en la duración de sus consecuencias, como indica su nombre. En el caso del ERE, son definitivas y en el caso del ERTE, son sólo temporales o puntuales.
¿Qué es un ERE?
ERE hacen referencia a un Expediente de Regulación de Empleo, regulado en el artículo 51 E.T. (despidos colectivos), Se trata de un proceso administrativo, que se tramita cuando una empresa cesa su actividad o cuenta con problemas económicos, técnicos o jurídicos de entidad, que solamente pueden solucionarse con el despido de parte del personal.
En el ERE suele haber una situación de despido colectivo, cuando afecta a número determinado de trabajadores en el periodo de 90 días.
El ERE implica una indemnización para los empleados, que se fija en 20 días de salario por cada año trabajado
¿Qué es un ERTE?
ERTE, hace referencia a Expediente de Regulación Temporal de Empleo, regulado en el artículo 47 ET. La principal diferencia con el ERE es, que, en este caso, no es un procedimiento para despidos, sino de reducción de jornada o suspensión temporal de los contratos de trabajo. El ERTE solamente puede llevarse a cabo en aquellas empresas que tienen una crisis temporal o problema coyuntural, y no genera indemnización alguna a favor de los trabajadores.
¿Cuándo se aplica un ERE y cuándo un ERTE?
El ERE, aplica por cese de actividad en una empresa, o puede afectar a un departamento o sección, disminuyendo el número total de empleados. El ERTE, por lo general, se aplica a toda una plantilla o a toda una sección determinada de una empresa; al implicar la disminución de la jornada para el trabajador o periodos temporales de baja, no genera situaciones de desempleo definitivas; el trabajador puede beneficiarse de un pago parcial -por horas- en función de la afectación del ERTE y, siempre que se tenga derecho a ello, mientras que el ERE, con carácter general, da derecho a disfrutar de su prestación por desempleo de forma completa.
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