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El Confidencial | Bajas fingidas y falsificadas: claves jurídicas y advertencias en pleno auge del absentismo laboral

Nuestra Socia Directora del Área Laboral, Silvia Palacios, ha sido consultada por El Confidencial en un reportaje que analiza el incremento de las bajas fingidas o falsificadas en un contexto de absentismo laboral en máximos históricos. En su intervención, aporta criterios clave sobre las implicaciones penales y laborales de estas conductas y las tendencias que están identificando las empresas en la práctica.

Un caso de falsificación de baja laboral que acaba en el Tribunal Supremo

Silvia Palacios explica uno de los casos recientes más significativos: un trabajador que, tras una baja médica real de un día por gastroenteritis, decidió no acudir al trabajo al día siguiente y alteró el parte médico original, enviando a la empresa un documento falso que justificara una segunda ausencia.

Esta manipulación permitió al empleado percibir 31,96 euros indebidamente por dos días de baja. Aunque la Audiencia Provincial lo absolvió inicialmente al no poder determinar si la alteración se había hecho sobre el original o sobre una copia, el Tribunal Supremo revocó la sentencia estableciendo que es irrelevante el soporte manipulado: lo determinante es haber creado un documento con apariencia de oficial para engañar a la empresa.

El Alto Tribunal confirmó la condena por delito de falsedad documental, imponiendo seis meses de prisión y una multa económica.

Aumento de casos y preocupación en las empresas

En sus declaraciones, Palacios advierte que cada vez más compañías detectan un incremento de partes de baja presuntamente falsificados, una tendencia que sus clientes están reportando con preocupación.

Otros despachos confirman casos similares, desde falsificación de partes médicos hasta actividades incompatibles con la baja o incluso alteración de tickets de gastos.

Este panorama convive con un absentismo que supera el 7% y que equivale a más de 1,5 millones de personas que no acuden diariamente a su puesto de trabajo en España.

Consecuencias laborales, administrativas y penales

La falsificación de un parte de baja o el uso fraudulento de una incapacidad temporal puede conllevar consecuencias graves:

  • Despido disciplinario procedente si se acredita la falsificación o la incompatibilidad de actividades.
  • Devolución de salarios o prestaciones indebidamente percibidos.
  • Sanciones administrativas muy graves, entre 7.501 y 225.018 euros.
  • Delito de falsedad documental, cuando el trabajador genera un documento falso con apariencia oficial.

Como recuerda Palacios, la base de estas decisiones es la vulneración de la buena fe contractual, principio esencial en las relaciones laborales.

Puedes leer el artículo completo en el siguiente enlace.

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