Mantenimiento de las obligaciones laborales en teletrabajo

Mantenimiento de las obligaciones laborales en teletrabajo

Como ya sabemos, el teletrabajo ha ganado una relevancia significativa en los últimos años, especialmente a raíz de la pandemia generada por la COVID-19. Esta modalidad contractual ofrece flexibilidad y comodidad, pero también plantea desafíos en cuanto al cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las personas trabajadoras. En este artículo, exploraremos cómo se pueden mantener estas obligaciones laborales en un entorno de teletrabajo.

Las obligaciones laborales son aquellas responsabilidades que una persona trabajadora debe de cumplir en virtud de su contrato de trabajo, las políticas internas de las empresas y la legislación laboral vigente. Estas obligaciones incluyen, entre otras:

  • Cumplimiento de la jornada laboral: En primer lugar, es imperativo que la persona trabajadora respete los horarios de trabajo previamente acordados con su empleador. A pesar de que el teletrabajo permite una mayor flexibilidad en la gestión del tiempo, ello no exime a la persona trabajadora de cumplir con el horario establecido, garantizando así su disponibilidad durante la jornada laboral convenida.

  • Diligencia y productividad en el desempeño de las funciones: El deber de diligencia es un principio esencial en la relación laboral que se mantiene inalterado en la modalidad de teletrabajo. El empleado debe realizar sus funciones con la misma eficiencia, calidad y profesionalismo que se espera en un entorno de oficina.

  • Cumplimiento de normas internas y políticas de la empresa: El teletrabajo no modifica la aplicación ni cumplimiento de las políticas internas y los procedimientos establecidos por la empresa. Es responsabilidad de la persona trabajadora mantener dicho cumplimiento durante el teletrabajo, incluyendo el cumplimiento de las normas de confidencialidad de la información tratada.

  • Mantenimiento de la comunicación efectiva con el equipo, clientes y terceros: Uno de los retos más significativos del teletrabajo es mantener una comunicación efectiva con el equipo, con clientes y con terceros. La persona trabajadora deberá de utilizar los medios establecidos por la empresa, tales como correos electrónicos, mensajería instantánea y plataformas de videoconferencia para mantener una correcta comunicación. Además, el empleado debe asegurar que el entorno de trabajo remoto sea seguro y adecuado para el desempeño de sus actividades.

 

No obstante, y a pesar de existir dichas obligaciones laborales, como se ha ido conociendo en múltiples sentencias, el teletrabajo presenta varios desafíos que pueden afectar el cumplimiento de estas obligaciones:

  • Falta de supervisión directa: La ausencia de un supervisor inmediato puede llevar a una disminución en la productividad, así cómo a llevar a cabo actividades que, acudiendo presencialmente al puesto de trabajo, no se realizarían. Como, por ejemplo: ir a hacer la compra, acudir a la peluquería o beber alcohol durante la jornada laboral, como en los supuestos de hechos analizados y que se expondrán más adelante.

  • Distracciones en el hogar: Las responsabilidades familiares o las distracciones del entorno doméstico pueden interferir con el correcto desarrollo de las funciones de la persona trabajadora en teletrabajo.

  • Dificultades en la comunicación: La falta de interacción cara a cara con el equipo o con la Dirección de la empresa puede generar malentendidos o falta de claridad en las tareas.

 

Hay múltiples sentencias que, una vez analizados los supuestos en cuestión, declaran procedentes los despidos que se han ejecutado de las personas trabajadoras por, entre otras cosas, incumplir con sus obligaciones laborales mientras teletrabajaban.

En este sentido se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en su sentencia de 6 de junio de 2024 (rec.1836/2022), al declarar el despido de un trabajador procedente por incumplimiento de sus obligaciones, especialmente por su condición de teletrabajador, que requiere mayor grado de confianza.

En este supuesto enjuiciado, el trabajador, delegado comercial, fue despedido por la empresa tras conocer su implicación en un accidente de tráfico bajo los efectos del alcohol. El accidente ocurrió apenas 20 minutos después de finalizar su jornada laboral, lo que conlleva inevitablemente a llegar a la conclusión de que había estado consumiendo alcohol durante su jornada laboral en teletrabajo. Por lo tanto, de esta sentencia se determina que el trabajador no trabajó cuando debía y consumió alcohol durante su jornada laboral incumpliendo, por tanto, sus obligaciones en materia laboral.

Así mismo, en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 18 de julio de 2022, (rec.360/2022), se confirma la procedencia del despido de un trabajador que había sido despedido disciplinariamente por la empresa por la no realización de las funciones laborales para las que había sido contratado durante su jornada laboral mientras teletrabajaba, al poder acreditar la empresa que el trabajador durante su jornada laboral acudía al bar en compañía a tomarse un café, a la peluquería o a visitar tiendas, conllevando  dichos comportamientos a un abandono de su puesto de trabajo para realizar actividades privadas sin solicitar permiso previo o comunicarlo posteriormente a la empresa, lo que desencadena en un incumplimiento de sus obligaciones laborales y, por tanto, a la procedencia del despido.

En este sentido, para asegurar que las personas trabajadoras mantienen sus obligaciones laborales mientras teletrabajan, se pueden implementar diversas estrategias:

  • Es fundamental que las empresas establezcan políticas claras sobre el teletrabajo. Esto incluye definir horarios, expectativas sobre la disponibilidad y los métodos de comunicación.

  • La implementación de herramientas digitales para la gestión del trabajo puede facilitar el seguimiento del desempeño. Existen distintas plataformas digitales que permiten una mejor organización y comunicación entre equipos.

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