Sentencia del Tribunal Supremo nº 192/2022, de 7 de marzo.
Las retribuciones de trabajo superiores a los mínimos establecidos pueden ser compensadas o absorbidas, salvo que el convenio colectivo establezca lo contrario, y atendiendo a determinadas exigencias legales.
La absorción y compensación es una técnica neutralizadora de los incrementos salariales que se produzcan como consecuencia de un nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o fruto de la negociación colectiva. De este modo, en los casos en los que los trabajadores ya vinieran percibiendo salarios superiores, en su conjunto y cómputo anual, a los mínimos fijados en convenio o al SMI, esta técnica permitiría que la subida salarial quedase absorbida o compensada, y no supusiese un incremento real del salario.
Y así se establece en el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores:
«Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia.»
Esta técnica sólo puede llevarse a cabo respecto de conceptos que obedezcan a la misma razón de ser o, dicho de otro modo, que sean homogéneos. Es decir, no es aplicable entre el salario base y complementos -vinculados al puesto de trabajo- o entre complementos de distinta naturaleza -salarial y extrasalarial-.
Ahora bien, puede darse el caso de que, aún tratándose de conceptos heterogéneos, se haya acordado expresamente en el contrato de trabajo la posibilidad de absorción y compensación, sin que dicho acuerdo vulnere el principio de indisponibilidad; y también cabe la posibilidad de compensar conceptos heterogéneos si así lo autoriza el convenio colectivo.
En relación con lo anterior, analizamos la Sentencia nº 192/2022, de 7 de marzo, dictada por el Tribunal Supremo, la cual declara válido el Acuerdo -previsto para la revisión de nuevas tablas salariales para 2019- suscrito por la comisión negociadora del convenio aplicable en el que suprimen el «plus transporte» y el «plus vestuario», que pasan a integrarse en el nuevo «salario base» de 2019. De este modo, la suma del salario base previo y de ambos pluses, calificados como «indemnizaciones o suplidos (conceptos extrasalariales)», determinaban el nuevo «salario base» de las tablas salariales y ello permitía que en cómputo global se mantuviese el mismo importe percibido hasta ese momento sin que se produjese incremento real alguno.
La sentencia de instancia dictada por la Audiencia Nacional en el procedimiento de impugnación de convenio sostuvo que la compensación y absorción aplicada era contraria a Derecho por estar imputando al salario conceptos heterogéneos.
Sin embargo, el Tribunal Supremo casa y anula la Sentencia por considerar que nos encontramos en un contexto de gestión de la reestructuración salarial.
Argumenta que, con motivo del incremento del SMI en 2019, las partes con capacidad y legitimación para negociar decidieron alterar la estructura salarial, no solo incrementando el salario base, sino modificando normativamente el concepto de los controvertidos pluses.
La supresión de los referidos pluses provoca que ya no tengan una consideración autónoma, heterogénea y extrasalarial, al mismo tiempo que el nuevo salario coincide con el anterior salario base y los pluses suprimidos.
Y, por todo ello, entiende el Alto Tribunal que ya no existe una heterogeneidad que excluya la compensación y absorción, pues los negociadores colectivos han decidido configurar un único concepto salarial y determinar su cuantía, garantizando el mantenimiento del mismo importe que se venía percibiendo, considerando esta negociación ajustada a derecho, sin que se vea vulnerada la normativa en materia de garantía salarial.
Como podemos observar, y sin perjuicio de que es necesario analizar en detalle cada supuesto de hecho para determinar las exigencias requeridas en cada caso, existe la posibilidad de alterar la estructura salarial -siempre que medie acuerdo entre las partes negociadoras del convenio- sin necesidad de acudir a un procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo, posibilitando con ello la aplicación de la técnica de absorción y compensación tras la homogeneización de conceptos.
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