Nuestro compañero Juan Blanco, Asociado Senior del Área Fiscal, ha escrito el artículo «¿Son deducibles los regalos de empresa? El ejemplo de la cesta de Navidad», el cual ha sido publicado en Cinco Días.
Dadas las fechas en las que nos encontramos, muchas empresas se plantean si los regalos que realizan a clientes, empleados y proveedores son deducibles.
A lo largo de este interesante artículo, Juan recalca que el tratamiento fiscal para un mismo objeto puede ser diferente en función del impuesto.
Juan Blanco argumenta que «la Ley del Impuesto sobre Sociedades recoge en su artículo 15.e los gastos fiscalmente no deducibles, manifestando que no serán deducibles aquellos que correspondan a donativos y liberalidades». No obstante, a lo largo del artículo muestra excepciones que pueden existir y qué condiciones se deben de dar para que los gastos por atenciones a clientes o proveedores sean deducibles.