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Resolución contractual Versus Rescisión

En muchas ocasiones cuando leemos un contrato, vemos que la redacción no es clara, ya que indistintamente, durante el clausulado se hace referencia, a la resolución/ rescisión del contrato, como si se tratara del mismo concepto jurídico.

Sin embargo, son instituciones jurídicas distintas, por lo que resulta  importante, tener clara la diferencia entre ambas.

La acción de resolución contractual, es un derecho que asiste a la parte contractual que haya cumplido con sus obligaciones, frente al incumplimiento de la contraria dando por terminado el contrato. Así el artículo 1.124 de Código Civil, establece que la Parte cumplidora podrá escoger:

1.-entre exigir el cumplimiento o

2.- la resolución de la obligación,

Con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos.

Esta figura se incluye en los contratos, mediante las llamadas cláusulas de resolución, a fin de regular causas específicas de terminación de la relación contractual, como la cesión sin autorización del contrato.

Por su parte la Rescisión, se define como la ineficacia sobrevenida de un contrato, por el perjuicio que su eficacia causa a determinadas personas, encontrándose tasadas por el Código Civil ésta causas (artículo 1290 del Código Civil), son supuestos como:

-Los contratos celebrados por los tutores sin autorización judicial

-Los celebrados en fraude de acreedores

La acción de rescisión es subsidiaria y no podrá ejercitarse sino cuando el perjudicado carezca de todo otro recurso legal para obtener la reparación del perjuicio.

Por tanto, siendo ambas figuras distintas, tanto por su naturaleza como por sus consecuencias, recomendamos prestar especial atención a las mismas, cuando nos enfrentemos a la lectura de un contrato.

Fátima Fajardo Esteban
Asociado Senior en el área Mercantil

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ESCRITO POR:
Fátima Fajardo
Fátima Fajardo
Abogada senior del Área Mercantil

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