En el BOE del 29 de junio de 2023 se ha publicado el Real Decreto Ley que entra en vigor el 29 de julio de 2023 que deroga por completo la Ley 03/2009, incluyéndose una nueva regulación de las modificaciones societarias estructurales (transformación, fusión, escisión y cesión global), tanto internas como transfronterizas.
El referido Real Decreto Ley transpone, por vía de urgencia, la Directiva de la Unión Europea 2019/2121, derogando por completo la Ley 3/2009, incluyéndose un nuevo régimen legal que afecta a todas las operaciones de restructuración que se realicen en el territorio español, así como en la Unión Europea o fuera de dicho territorio, evitando con ello que a la hora de realizar este tipo de operaciones, se busquen jurisdicciones donde la aplicación de las condiciones resulten menos restrictivas y, por tanto, se produzca una salida de capitales fuera del marco español o europeo, consiguiéndose al mismo tiempo la armonización normativa entre los Estados integrantes de la Unión.
Por tanto, según sea su ámbito territorial, se incluyen tres regulaciones distintas: las operaciones internas (territorio español), transfronterizas intra-europeas (entre Estados miembros) y transfronterizas extra-europeas (Estado europeo y Estado fuera de la Unión Europea).
En este caso, nos vamos a centrar en las operaciones a ejecutar en territorio español (operaciones internas), donde todas las sociedades a participar en la operación tendrán nacionalidad española. A este respecto, destacamos que este nuevo marco jurídico, en general, mejora la transparencia de este tipo de operaciones.
Así, con independencia de la modalidad de la que se trate, antes de realizarse la operación, debe redactarse, por los Administradores, un proyecto de modificación que incluirá las implicaciones de la operación para los acreedores, socios y trabajadores, debiéndose contemplar las posibles consecuencias en el empleo, así como las garantías que se ofrecen para los acreedores. Asimismo, como novedad importante, destacamos que para realizar la operación es necesario que las sociedades implicadas acrediten estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social, aportando los certificados oportunos.
Adicionalmente al proyecto referido, los administradores elaborarán un informe con una sección específica para socios y trabajadores que debe estar a disposición de los socios y representantes de los trabajadores -o en su defecto de los propios trabajadores-, al menos un mes antes de la celebración de la junta general que apruebe la operación.
Los socios, acreedores y representantes de los trabajadores -o en su defecto los propios trabajadores-, podrán presentar a la sociedad, a más tardar cinco días laborables antes de la fecha de la junta general, observaciones relativas al proyecto.
Al respecto de los socios, su hasta ahora derecho de separación se transforma en un derecho a enajenar sus acciones o participaciones a cambio de una compensación en efectivo, para lo cual será necesario que el socio vote en contra de la aprobación del correspondiente proyecto. El socio disconforme con la compensación en efectivo ofrecida podrá reclamar ante el juzgado mercantil una compensación complementaria.
Los acreedores dejan atrás su tradicional derecho de oposición y pasan a beneficiarse de un nuevo sistema de garantías. De manera que los acreedores cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del correspondiente proyecto y que aún no hayan vencido en el momento de dicha publicación, no estando conformes con las garantías ofrecidas o con la falta de ellas, podrán acudir al Registrador Mercantil solicitando su ampliación o aportación de otras nuevas garantías, siempre y cuando hayan notificado a la sociedad su disconformidad previamente.
Hemos de indicar que se han extractado, a grandes líneas, los puntos que hemos considerado de mayor relevancia o calado derivados de la nueva regulación, si bien, habrá que hacer un estudio pormenorizado de cada supuesto de hecho para establecer expresamente los requisitos, consecuencias y beneficios de cada operación.