Selier Abogados
declaración de la renta 2019- carpeta-hojas-boligrafo-calculadora

Cómo rebajar la cuota de la declaración de la Renta de 2019

Como todos los años por estas fechas, ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal de 2019, siempre surge la duda sobre cómo podemos rebajar la cuota del impuesto.

Aunque cada vez son más escasas las deducciones a practicar en el impuesto, es importante conocerlas para, en la medida de lo posible, no perder oportunidades de acogernos a ellas y mejorar nuestra factura fiscal.

Recordamos ahora algunas de las más frecuentes:

  • Aportaciones a planes de pensiones, a planes de previsión social empresarial, a planes de previsión asegurados, mutualidades de previsión social y, a las primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia.
  • Estas aportaciones reducen directamente la base imponible por lo que es una de las desgravaciones con mayor impacto en la cuota. Tienen un límite máximo conjunto deducible: la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio, independientemente de la edad.
  • Es importante también recordar respecto a este beneficio fiscal que se trata de un diferimiento del impuesto ya que las cantidades aportadas tributarán como rendimientos del trabajo en el momento del rescate.
  • Aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social del cónyuge, cuando dicho cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, reducen la base imponible con el límite máximo de 2.500 euros anuales.
  • Amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual.
  • Únicamente tienen derecho a deducción los contribuyentes que hayan adquirido la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
  • La base máxima de deducción por este concepto son 9.040 € anuales por lo que, si el pago de su hipoteca en 2019 ha sido inferior a este importe es una buena opción amortizar anticipadamente el diferencial y poder desgravar así el 15% de la cantidad amortizada.
  • Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales de todo tipo siempre que el importe obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, con el límite de 240.000 €. La reinversión puede ser también parcial, aplicándose en este caso la exención en proporción al importe reinvertido.
  • La ley también prevé deducciones por donativos y otras aportaciones a las entidades sin fines lucrativos, como ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública.
  • Otra deducción bastante desconocida es la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. En base a esta deducción, , los contribuyentes pueden deducirse el 30% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en estas empresas cuando se cumplan determinados requisitos y condiciones, y la base máxima de deducción es de 60.000 € anuales.

A efectos prácticos es una deducción que se aplica pocas veces ya que está sometida a numerosos requisitos y condiciones.

Además de las deducciones indicadas, les recordamos que también existen deducciones aprobadas por las distintas Comunidades Autónomas, así como que los territorios forales cuentan con su propia normativa en materia de IRPF.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho enviando un email a contacto@selierabogados.com  o bien llamando al 91.205.44.25

ESCRITO POR:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar