Contexto legal del permiso por hospitalización de hasta 5 días.
Poco a poco, los tribunales nos comienzan a detallar el alcance del permiso de hospitalización de hasta 5 días que nos brindó el legislador a través del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio sobre el art. 37 del ET.
La propia redacción del permiso nos dejó muchas incógnitas para con su solicitud por parte de los trabajadores y los límites de disfrute que deben conceder –o no- las empresas.
La empresa – como viene siendo habitual – se vio abocada a la concesión o denegación de solicitudes del nuevo permiso de hospitalización sin un marco jurídico que ampare los distintos escenarios que propondría su nueva extensión: 5 días.
Asumiendo la doctrina pacífica de que este permiso se entiende por días hábiles, en primer lugar, nos vimos obligados a hacer frente a una serie de incógnitas para su disfrute donde tuvimos que esperar a las distintas resoluciones judiciales para conocer su alcance.
Entre otras, la Audiencia Nacional (en adelante, AN) en su sentencia 12 de septiembre de 2024, dilucida la cuestión en la que se planteaba sobre si los días de permiso deben disfrutarse de manera seguida o puede ser alterna, estableciendo que este permiso puede ser utilizado de manera flexible – en días alternos- mientras dure el hecho que originó su disfrute.
Inicio y final del permiso retribuido: alta hospitalaria y reposo domiciliario
Otra cuestión debatida y no menor era el inicio de su disfrute, cuándo se podría comenzar a contar el primer día de permiso. En este caso, de nuevo la AN afirmó que toda persona trabajadora tiene la libertad de decidir cuándo comenzar el permiso retribuido de 5 días, sin que sea necesario que coincida con el día exacto del ingreso o el inicio de la enfermedad, todo ello basándose en la doctrina ya establecida del Tribunal Supremo (STS 3 de octubre de 2023, (Rº.239/2021)).
Así las cosas, la AN también resolvió si el alta médica hospitalaria determinaba la extinción del permiso. En este caso, tal y como ha determinado en su sentencia de 24 de julio de 2024, el órgano judicial dispuso que el alta médica no determina que el permiso finalice, ya que se mantendrá si existe reposo domiciliario pautado por el médico correspondiente.
Por lo tanto, si no existe reposo domiciliario, sí que se entiende extinguido el derecho. A través de esta argumentación, esta resolución también nos hace asumir que los cinco días de permiso al completo, solo se disfrutan si durante todos los 5 días existe o persiste el hecho causante que motivó el permiso retribuido.
Un permiso por cada hecho causante, sin límite anual
Ahora, la AN nos vuelve a marcar un nuevo parámetro en cuanto a su uso, pues en su sentencia de fecha 7 de marzo de 2025 nos señala que permiso retribuido de 5 días se concede por cada hecho causante, no por año natural.
En concreto, nos señala que, en aplicación de una interpretación literal del precepto, en el mismo no se establece limitación alguna al disfrute en los términos que exige la empresa al momento de su concesión, es decir, no exige que solo puedan disfrutarse cinco días al año. Por lo tanto, determina que el derecho a disfrutarlo surge cada vez que se produzca un nuevo hecho causante y sin estar limitado a un máximo de cinco días al año, así como a seguir disfrutándolo cuando, tras la hospitalización o intervención quirúrgica con ingreso hospitalario que precise reposo domiciliario diagnosticado con el alta hospitalaria.
Con esta última resolución ya contamos con distintos parámetros judiciales que nos pueden servir para ir dándole forma a un marco jurídico de un precepto que trae de cabeza a las empresas.
Dudas jurídicas pendientes sobre el permiso por hospitalización
Sin embargo, aun cuando los tribunales nos van otorgando las pautas de su disfrute y concesión, la problemática de una redacción tan laxa sigue dejando dudas que deberán ser resueltas en el futuro: ¿Qué ocurre en supuestos de simultaneidad de sucesos causantes que otorguen derecho a su disfrute?, ¿todo tipo de ‘reposo’ es susceptible de permiso? ¿Y si hospitalizan varias veces al familiar de manera consecutiva? ¿Qué documentos de justificación puede solicitar la empresa frente a un mal uso del permiso sin incurrir en la vulneración de la intimidad del trabajador?
Como viene siendo habitual en la tónica legislativa actual, será nuestro poder judicial quien nos desgrane las particularidades de este concepto tan particular – no sin antes abocar tanto a trabajadores, como a empresas, el tener que acudir a sede judicial para su resolución -.