Te acompañamos en cada fase del proceso, convirtiendo un cumplimiento legal complejo en una palanca de mejora organizativa en materia de igualdad.
Muchas empresas no han completado el proceso porque se encuentran con barreras que ralentizan o complican el cumplimiento en materia de igualdad.
La normativa exige diagnósticos, negociaciones y registros específicos, pero no siempre es fácil saber qué pasos dar o cómo estructurar el proceso para cumplir con la legalidad sin errores.
La elaboración de un plan de igualdad implica una serie de pasos que requieren tiempo y coordinación. Es necesario realizar un análisis riguroso de la situación de la empresa, recopilando datos cuantitativos y cualitativos, definir medidas concretas y consensuarlas con la representación legal de las personas trabajadoras. Todo ello puede extender los plazos inicialmente previstos, especialmente si surgen dificultades organizativas
Cuando hay representación sindical, tratar de alcanzar acuerdos puede generar bloqueos o retrasos si no se gestiona correctamente, ralentizando la implementación del plan de igualdad.
Muchas empresas comienzan el proceso, pero acaban postergándolo porque sus equipos internos no tienen el tiempo o el conocimiento técnico para llevarlo a cabo sin apoyo externo.
Algunas empresas aún no han iniciado o actualizado su Plan de Igualdad, a pesar de que la normativa lo exige desde hace tiempo.
Esta situación implica un riesgo creciente de sanciones, además de limitar el avance en materia de igualdad dentro de la organización.
Cuanto antes se aborde el proceso, más margen habrá para hacerlo con rigor.
Tanto si están obligadas como si no, los planes de igualdad son una herramienta legal fundamental para garantizar el presente y futuro de las organizaciones.
En Selier Abogados, convertimos un proceso complejo en algo sencillo. En solo 4 pasos, te ayudamos a poner todo en orden.
Evaluamos la situación de tu empresa en materia de igualdad, incluyendo una auditoría retributiva y una valoración de puestos de trabajo. Así identificamos áreas de mejora para establecer una base objetiva sobre la que diseñar medidas eficaces y ajustadas a la realidad de la empresa.
Elaboramos un Plan de Igualdad adaptado a las necesidades de tu empresa, asegurándonos de cumplir con la normativa. Ayudamos en la constitución de la Comisión Negociadora y proporcionamos asistencia jurídica especializada en las negociaciones.
Una vez aprobado el Plan de Igualdad, lo registramos oficialmente ante los organismos pertinentes. Nos encargamos de la implementación de las medidas acordadas y de garantizar que se sigan los procedimientos legales de manera adecuada.
Impulsamos la Comisión de Seguimiento y evaluamos la eficacia de las medidas mediante informes. Además, promovemos formación en igualdad para equipos directivos y plantilla, consolidando una cultura organizativa más equitativa.
Contamos con años de experiencia asesorando a empresas de distintos sectores en la implementación de Planes de Igualdad. Nuestro enfoque está basado en el cumplimiento estricto de la normativa, pero también en transformar esta obligación en una ventaja competitiva para tu empresa.
Nuestro equipo está formado y preparado para una implementación eficiente del Plan de Igualdad, sin riesgos legales y adaptada a las necesidades particulares de tu organización.
Todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras, aquellas cuyo convenio colectivo lo exija o que hayan sido sancionadas por discriminación de género.
Además, aunque no sea obligatorio para las de menor tamaño, disponer de un plan puede ser un valor añadido en procesos de licitación pública o solicitud de subvenciones, ya que demuestra el compromiso de la organización con la igualdad y la responsabilidad social.
Las multas pueden oscilar entre 751€ y 225.018€, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, la falta de un Plan de Igualdad puede suponer la pérdida de ayudas o subvenciones y la imposibilidad de contratar con la administración pública.
Además del propio Plan de Igualdad, existen otros elementos directamente relacionados con su desarrollo y aplicación:
Sí. Se debe constituir una comisión negociadora con la representación legal de las personas trabajadoras o, en su defecto, con los sindicatos más representativos del sector.
Sí. Es obligatorio inscribirlo en el Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad.
Si tienes dudas sobre cómo poner en marcha el Plan de Igualdad o necesitas asesoría personalizada, completa el siguiente formulario y nos pondremos en contacto lo antes posible.