El día 15 de abril de 2020 se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias hasta el 20 de mayo de 2020.
En su artículo único, se establece que los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con un volumen de operaciones inferior a 600.000 euros en el año 2019 a efectos de IVA, cuyo vencimiento se produzca a partir del 15 de abril de 2020 hasta el 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta dicha fecha: 20 de mayo de 2020.
Entre otras, se verán afectadas las siguientes declaraciones y autoliquidaciones relativas al primer trimestre de 2020:
- Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo (IRPF).
- Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta de alquileres
- Modelo 303: Autoliquidación IVA.
- Modelo 202: Pago fraccionado Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Modelo 130/131: Pago fraccionado Renta (IRPF).
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Área de Derecho Fiscal y Tributario
Alier Abogados
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