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Blinda tu empresa ante responsabilidades penales y sanciones con Compliance Penal

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Las empresas pueden ser responsables penalmente de los delitos cometidos en el seno de ésta por trabajadores y administradores si no cuentan con un modelo de prevención de delitos.

Reproducir video acerca de Canal de denuncias en materia de compliance penal

Implanta un Plan de Prevención Penal

1.- Adopta un sistema de prevención de delitos

Las medidas y procedimientos de vigilancia y control identifican, previenen y reducen el riesgo de la comisión del delito. Este modelo de gestión empresarial permite la exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica.

2.- Implanta un Canal de Denuncias

Tras la entrada en vigor de la Ley 2/2023 de 20 de febrero es obligatorio para empresas de mas de 50 empleados, o aquellas que sean requeridas debido a su actividad y correspondiente nivel de riesgo, la implantación de un Sistema interno de Información (Canal de Denuncias).

3.- Nombra un órgano supervisor

Este órgano será el encargado de supervisar el funcionamiento y el cumplimiento del Modelo de Prevención de Delitos. En el caso de las PYMES, será el propio órgano de administración.

*Los Estados Miembros, a su juicio, pueden dar de plazo hasta el 17 de Diciembre de 2023 a las empresas que tengan entre 50 y 249 trabajadores.

¿Qué es la Responsabilidad Penal?

El artículo 31 bis del Código Penal hace responsable de la comisión de ciertos delitos a empresas y organizaciones -de cualquier tamaño y actividad-, cuando estos se han cometido por sus trabajadores o representantes, con una excepción: aquellas compañías que cuenten con un Modelo de Prevención de Delitos.

Proteccion

La persona física que cometa el delito responderá personalmente con las penas establecidas por el Código Penal, tanto administradores como empleados.

Metodología e implantación del Compliance Penal

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Observación

Se realiza un análisis de la empresa e identificación de los riesgos penales mediante procesos sensibles.

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Investigación

Estudio de mecanismos de control y defensa existentes y determinación de medidas preventivas, correctoras, de supervisión y de vigilancia.

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Asesoramiento

Creación de procedimientos, códigos, políticas y protocolos de prevención, así como medidas específicas respecto a cada delito identificado.

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Implementación

Establecimientos de sistemas disciplinarios frente a los incumplimientos, canales de comunicación y de denuncia.

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Verificación

Seguimiento de la implementación de dichas medidas y formación de los directivos y la plantilla.

Preguntas frecuentes

El Compliance Penal se refiere a los modelos de prevención y control de riesgos penales en las empresas. Incluye el Canal de Denuncias, el Plan de Cumplimiento, el Código Ético y la formación al Compliance Officer.

Es un canal de comunicación que permite a empleados y personas relacionadas con la empresa informar sobre sospechas de mala conducta dentro de ella de forma confidencial.

Su implantación es importante para reducir riesgos y mejorar la transparencia de la empresa. De esta forma, se previene que las personas cometan actos de fraude, corrupción, acoso y otras acciones indebidas en una etapa temprana y contribuye a detectarlos y gestionarlos en caso de que ocurran.

Además de cumplir con la obligación legal de implantarlo para aquellas empresas que por ley deben disponer del mismo y evitar así sanciones, mejoramos la reputación de la empresa y actuamos desde el compromiso ético de buen gobierno y con la sociedad en todo momento.

Tener un sistema de Compliance Penal no es obligatorio para las empresas, pero sí necesario para que las personas jurídicas puedan ser exoneradas de la responsabilidad penal prevista por el art. 31 bis, apartado 2 del Código Penal.

El Canal de Denuncias sí es obligatorio para las empresas de más de 249 personas trabajadoras, así como para aquellas empresas que con independencia del número de personas trabajadoras sean requeridas debido a su actividad y a partir del 1 de diciembre será obligatorio para empresas de más de 50 personas trabajadoras, tras la aprobación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero.

La implementación puede ser sencilla si se utilizan soluciones digitales en cualquier tipo de empresa, tanto PYMES como grandes empresas. En Selier Abogados contamos con el apoyo de partners digitales que nos permite contar con soluciones para conseguir la gestión de una forma rápida y sencilla el Plan de Prevención Penal y el Canal de Denuncias en las empresas. De esta forma, garantizamos una óptima seguridad jurídica y un pleno blindaje legal a compañías y administradores para detectar riesgos e implantar controles evitando así posibles responsabilidades penales y crisis reputacionales.

En la mayoría de los casos, las empresas prefieren que exista un comité encargado de revisar la investigación realizada tanto por un responsable interno o externo, con el fin de asegurar una mayor independencia de criterio.

Y, en cuanto a los criterios para valorar si ha habido una actividad ilícita, se deberá atender a la regulación que nos brinda el ordenamiento jurídico, que nos indica las conductas o tipo que debe entenderse para cometer un ilícito de cualquier tipo.

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